Cuantías y normativa

Tabla de sanciones por drogas en España y normativa BOE

Las sanciones dependen de la conducta y de la ley aplicada: tenencia en espacios públicos, conducción con presencia de drogas y determinados delitos son categorías distintas.

Tabla comparativa de multas y sanciones

SituaciónReferencia generalSanción o consecuencia
Tenencia o consumo ilícitos en lugares públicosLO 4/2015, art. 36.16 y art. 39Infracción grave: de 601 a 30.000 € según graduación
Conducir con presencia de drogas (vía administrativa)Ley de Tráfico, art. 14 y cuadro sancionador1.000 € y pérdida de 6 puntos, con particularidades legales
Conducir bajo influencia de drogas (vía penal)Código Penal, art. 379.2Posible delito; consecuencias penales distintas de la multa administrativa
Reincidencia en Seguridad CiudadanaLO 4/2015, art. 33Puede elevar el grado de sanción si se cumplen los requisitos legales

La tabla es orientativa: no sustituye el contenido de la notificación ni el análisis de la calificación y normativa aplicables.

1. ¿Qué dice el BOE sobre las multas por drogas?

El artículo 36.16 de la Ley Orgánica 4/2015 regula determinada tenencia o consumo ilícitos en espacios públicos. Los artículos 33 y 39 establecen las reglas de graduación y cuantías.

Para el conductor, la Ley de Tráfico trata la presencia de drogas y las pruebas en su artículo 14. La DGT informa de una sanción administrativa de 1.000 € y 6 puntos para la presencia de drogas al volante.

2. ¿La multa siempre empieza en 601 euros?

La cifra de 601 € corresponde al límite inferior de las infracciones graves de Seguridad Ciudadana. No es una regla universal para todas las infracciones relacionadas con drogas ni para los controles de tráfico.

3. Plazos: ¿15 o 20 días?

La Ley de Seguridad Ciudadana prevé 15 días en el procedimiento abreviado del artículo 54. En las multas de tráfico de la DGT, el plazo general inicial para alegar o pagar con reducción es de 20 días naturales. No los confundas. Amplía la información en plazos para recurrir multas por THC.

4. ¿Qué pasa si hay una sanción anterior?

La reincidencia en Seguridad Ciudadana se estudia conforme al artículo 33 y no debe presumirse por el simple hecho de tener antecedentes. Consulta la guía de multas reincidentes por porros.

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